BASES DE LA PROMOCIÓN
“PROMOCIÓN DISPOSITIVOS SAMSUNG”
PRIMERA.- COMPAÑÍA ORGANIZADORA. EURO 6000, S.L. y las entidades miembros de EURO 6000, ponen en marcha una promoción dirigida a todos los titulares de tarjetas del colectivo EURO 6000 (en adelante tarjetas del colectivo EURO 6000) que cumplan con los requisitos establecidos en estas bases. A estos efectos se entiende como colectivo EURO 6000 a los titulares de tarjetas emitidas por las entidades miembros de EURO 6000 La relación de las entidades participantes EURO 6000 está disponible en https://www.euro6000.com/
SEGUNDA.- PERIODO PROMOCIONAL. La promoción se llevará cabo en el periodo comprendido entre las 12:00 horas del día 15 de julio de 2020 y las 23:59 horas del día 29 de julio de 2020 (ambos inclusive y en adelante Periodo Promocional).
TERCERA.- GRATUIDAD. La promoción es gratuita, de tal manera que para participar no será necesario el pago de cuota o cantidad adicional alguna para la obtención de los premios objeto de la misma.
CUARTA.- OBJETIVO. El principal objetivo de esta promoción es aumentar la notoriedad del programa “Privilegios EURO 6000” e incrementar el uso, el conocimiento y el valor añadido de las tarjetas del colectivo EURO 6000. Para ello se sortearán una serie de premios de la marca SAMSUNG entre todos los suscriptores de la Newsletter de Privilegios EURO 6000 (tanto suscriptores habituales como nuevos suscriptores, en adelante “Suscriptores”) que cumplan con los requisitos establecidos en estas bases.
QUINTA.- LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR. Podrán participar en la promoción todas aquellas personas físicas titulares de tarjetas del colectivo EURO 6000 mayores de 18 años, que sean suscriptores de la Newsletter de Privilegios EURO 6000. La suscripción a la Newsletter deberá realizarse cumplimentando el formulario habilitado al efecto de forma completa y veraz, en consecuencia, deberán proporcionarse todos los datos solicitados: entidad financiera, nombre y apellidos, identificación NIF/NIE o pasaporte, teléfono móvil, código postal, fecha de nacimiento y sexo. Aquellas suscripciones que carezcan de alguno de estos datos, o aquellas en las que se hubieran facilitado datos no veraces, quedarán automáticamente fuera de la promoción.
Se considerará que una tarjeta es del colectivo EURO 6000 siempre y cuando esa tarjeta tenga un “BIN” dado de alta en las tablas de MASTERCARD INTERNATIONAL y Visa Inc y su licencia se haya tramitado a través de MasterCajas (antes EUROPAY 6000) e incluya los logos de Maestro y Mastercard y a través de ViaCajas, e incluya los logos Visa, Visa Electrón.
SEXTA.- PREMIOS. Los participantes en la presente promoción podrán optar a alguno de los tres (3) premios que se describen a continuación:
- TELÉFONO SAMSUNG GALAXY Note 10 5G 256 GB (PVP: 1.209€)
- TABLET SAMSUNG GALAXY TAB S6 LITE (PVP: 449€)
- SAMSUNG SMARTWATCH ACTIVE 2 (PVP: 299€)
EURO 6000 se reserva la posibilidad de sustituir los antedichos premios por otros de similares características y valor en el caso de que causas ajenas a su control impidieran la entrega de los mismos.
La promoción quedará limitada a la obtención de un único premio por participante.
SEPTIMA.- MECÁNICA PROMOCIONAL. La promoción se desarrollará conforme a la siguiente mecánica:
Además de ser titular de tarjeta del colectivo EURO 6000 y ser suscriptor de la Newsletter de Privilegios EURO 6000, para poder participar en la promoción se deberá:
1.- Cumplimentar completa y verazmente un formulario de participación gratuito consistente en una pregunta relacionadas con tecnología.
2.- Haber realizado al menos UNA (1) operación de compra con su tarjeta del colectivo EURO 6000 durante el periodo comprendido entre el 15 de mayo y el 29 de julio de 2020.
Solo se permitirá una participación por persona a lo largo del Periodo Promocional.
Una vez finalizados el Periodo Promocional, EURO 6000 celebrará el sorteo descrito en la base octava.
OCTAVA. - MECÁNICA DE LOS SORTEOS.
El sorteo se celebrará ante Notario el día 30 de julio de 2020.
EURO 6000 se reserva la facultad de modificar, cancelar o adelantar la fecha del sorteo inicialmente prevista cuando concurran causas suficientes que así lo justifiquen.
En el sorteo, el Notario a partir del listado de participantes facilitado por la Compañía Organizadora, procederá a extraer TRES (3) ganadores, así como DIECISÉIS (16) participantes adicionales, que serán, por orden de extracción, suplentes de los ganadores obtenidos. Los premios pasarán a un suplente, según su orden de extracción, en el caso de que concurra alguno de los siguientes supuestos: identificación incompleta o incorrecta, en caso de no haber realizado al menos 1 operación de compra con la tarjeta conforme se establece en estas bases, en caso de que el titular de la tarjeta se encuentre en situación de morosidad, pre-contencioso, contencioso o fallido con la Entidad emisora de su tarjeta, imposibilidad de localización tras la realización de 3 intentos de comunicación en un plazo total de 24 horas, imposibilidad de justificar la titularidad de la tarjeta del colectivo EURO 6000 en el momento de la entrega del premio, falta de aceptación del mismo en el plazo de 24 horas desde la comunicación de condición de ganador, renuncia al mismo, incumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases o cualquier otra circunstancia de pérdida de la condición de ganador establecida en las presentes bases.
Una vez, agotados los suplentes, sin haberse entregado la totalidad de los premios, la Compañía Organizadora se reserva el derecho de declarar estos premios como desiertos.
NOVENA.- COMUNICACIÓN Y COMPROBACIÓN DE RESULTADOS. El premiado será el suscriptor de la Newsletter de Privilegios EURO 6000 titular de la tarjeta, independientemente de la persona física o jurídica que figure como titular del contrato de la tarjeta.
Una vez realizado el sorteo, se enviarán a las Entidades emisoras de las tarjetas correspondientes los datos de los seleccionados para que comprueben que han realizado la operación de compra con su tarjeta, en el plazo establecido en el Apartado Séptimo de estas bases, así como otras condiciones de esta promoción. Para esto las Entidades cuentan con un plazo de 24 horas desde el envío de la comunicación por parte de EURO 6000. Una vez que la Entidad realice esta comprobación pueden ocurrir 2 supuestos:
- Que el seleccionado cumpla con las condiciones de la promoción. En este caso, la Entidad debe informar a EURO 6000 de que el seleccionado es ganador.
- Que el seleccionado no cumpla con alguna de las condiciones de esta promoción. En este caso la Entidad debe informar a EURO 6000 de que el seleccionado no es finalmente ganador. EURO 6000pasará al primer suplente y el proceso comenzará de nuevo como se ha explicado anteriormente hasta que haya un ganador o el premio se declare desierto según lo previsto en estas bases.
Una vez realizadas las comprobaciones expuestas más arriba y por tanto adjudicado el premio, se comunicará al ganador que ha resultado premiado a través de un correo electrónico y se le remitirá en ese mismo correo, los documentos oficiales de aceptación del premio, que deberá devolver debidamente cumplimentados y firmados en el plazo de 24 horas desde la remisión del citado email adjuntando además una fotocopia de su NIF, NIE o Pasaporte, con el fin de que puedan ser efectuadas, en su caso, las retenciones mencionadas en la base décimo segunda siguiente.
DÉCIMA.- ENTREGA DE PREMIOS. Los premios serán entregados de acuerdo a lo especificado en estas bases, al suscriptor del Newsletter de Privilegios EURO 6000 que cumpla con estas bases, independientemente de que el titular del contrato o de la cuenta de cargo sea una persona física o jurídica, a la dirección que el cliente premiado indique. En el momento de la entrega efectiva del premio, el ganador debe poder justificar que es titular de una tarjeta del colectivo EURO 6000.
Los premios serán remitidos al ganador a través de la dirección postal que hubieran facilitado durante el proceso de registro. El ganador o la persona que reciba el premio en su nombre deberá firmar un documento justificativo de la recepción del mismo. En caso contrario, el ganador perderá su derecho a la recepción del premio.
La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
Los premiados tendrán que aceptar el premio mediante firma atendiendo al plazo establecido en la base novena, de lo contrario, perderán sus derechos asignándose el premio al correspondiente suplente.
Los ganadores tienen derecho a renunciar al premio obtenido, sin embargo, no podrán en ningún caso canjearlo por su importe en metálico, ni por la asistencia a cualquier otra experiencia
Los premios son personales e intransferibles.
DÉCIMO PRIMERA.- OPERACIONES. A efectos de esta promoción, se entiende por operaciones de compra en comercios todas las operaciones de compra realizadas con las tarjetas del colectivo EURO 6000, durante los períodos establecidos en estas bases sea cual sea el importe o moneda, la tipología de la operación: on-line u off-line, con independencia de quien sea la Entidad financiera adquirente del establecimiento en que se realicen o del país en que dicha operación se haya realizado. Se incluyen como operaciones de compra a efectos de esta promoción todas las operaciones de compra en cajeros tales como recarga de móviles, compra de entradas, pago de recibos e impuestos, etc.
Quedan expresamente excluidas las siguientes operaciones:
- Las disposiciones de efectivo en cajeros automáticos y oficinas en cualquier lugar del mundo, carga de monederos electrónicos abiertos o cerrados, así como el consumo con monederos electrónicos sean con tarjeta mixta o no.
- Las operaciones on-line que hayan sido denegadas, cualquiera que sea el criterio de denegación.
- Las operaciones off-line que se realicen con tarjetas incluidas en listas de negativos, desde el día en que se den de alta en la lista de negativos general de CECABANK.
- Operaciones de devoluciones y anulaciones de compra que se hubieran realizado con fecha anterior a la celebración del sorteo.
- Consultas de saldos y últimos movimientos, o cualquier otro tipo de consultas que pudieran tener establecidas las Entidades en sus terminales.
- Aquellas operaciones que se puedan considerar de prueba, normalmente de muy bajo importe, y justificables únicamente por causas operativas.
- Aquellas operaciones consideradas fraudulentas, esto es, las que no hayan sido abonadas por el titular según el procedimiento reglamentariamente establecido por las Entidades.
- Se deja a criterio de cada Entidad la participación de las tarjetas de empresa. En caso de participar y resultar ganadora, el premio será entregado a la persona física titular de la tarjeta independientemente de quien sea el titular del contrato o la cuenta de cargo.
- Aquellas operaciones realizadas con tarjetas prepago en la medida en que estas tarjetas pueden ser anónimas y aún siendo nominativas pueden estar en poder de personas que no sean clientes de las Entidades miembros de E6K.
- Tarjetas de Gasóleo bonificado.
DÉCIMO SEGUNDA.- FISCALIDAD. A los premios de la presente promoción les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el Patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; por lo que, en su caso, corresponderá a la Entidad mercantil EURO 6000 la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del impuesto sobre la Renta de las Personas físicas (en adelante IRPF).
De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción, de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300€.
En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, EURO 6000 practicará la correspondiente retención o ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido y el importe del ingreso a cuenta practicado, junto con el resto de las rentas que perciba y de cuyo cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. EURO 6000 no será responsable de las repercusiones fiscales que la aceptación del premio pudiera tener en la fiscalidad del ganador que serán, en todo caso, por cuenta de este.
Se informa expresamente a los participantes, los premios sorteados en esta promoción con valor superior a 300€ quedan sujetos a las obligaciones fiscales indicadas.
DÉCIMO TERCERA.- RESPONSABILIDADES EURO 6000 y la Entidad correspondiente no se responsabilizan de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a correos o a terceros que puedan afectar a las transacciones y envíos de las comunicaciones y premios a clientes.
La imposibilidad de disfrute del premio imputable al ganador por enfermedad, causa de fuerza mayor o cualquier otra causa, no dará lugar a compensación alguna.
DÉCIMO CUARTA.- FRAUDE En el caso de que EURO 6000 o cualquier Entidad que esté ligada profesionalmente a la presente promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo en su participación en la presente promoción, alterando ilegalmente su registro o su participación mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrá unilateralmente eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que EURO 6000 ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible acción fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación en el presente concurso con el objetivo de lograr un premio de forma ilícita. Por tanto, EURO 6000 se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito, sin notificación alguna al mismo.
DÉCIMO QUINTA.- DATOS PERSONALES
De conformidad con la normativa vigente, se informa al participante de que tus datos serán tratados por EURO 6000, S.L., con NIF B-87990552 y domicilio social en Calle Alcalá nº27, 28014 Madrid.
Los datos personales del participante serán tratados con el fin de gestionar su participación en la promoción y, en su caso, la entrega del correspondiente premio. Salvo que le indiquemos lo contrario, los datos requeridos son necesarios para participar en la presente promoción, por lo que su no aportación impedirá la participación en la misma.
Se informa al participante de que EURO 6000 podrá solicitar a la entidad financiera emisora de su tarjeta del colectivo EURO 6000 datos complementarios, a los efectos de completar, en su caso, los datos del participante, y comprobar si cumple con todas las condiciones exigidas por la promoción, sorteo o concurso correspondiente.
Los datos del participante serán tratados sobre la base de su consentimiento que puede retirar en cualquier momento, si bien ello haría que su solicitud de participación no pudiera ser tenida en cuenta.
Asimismo, si el participante decide participar en la promoción ofrecida por EURO 6000, ésta podrá remitirle comunicaciones comerciales relacionadas con la promoción en la que participa por cualquier medio, incluidos los electrónicos, en base al interés legítimo que le es reconocido.
Los datos del participante podrán ser comunicados a la entidad financiera emisora de su tarjeta del colectivo EURO 6000, los proveedores de EURO 6000 y a las empresas colaboradoras de EURO 6000, para el adecuado cumplimiento de las finalidades anteriormente indicadas, y a las Administraciones Públicas, en los casos previstos por la Ley.
Los datos facilitados serán conservados durante todo el plazo necesario para el cumplimiento de las finalidades antedichas, siempre y cuando el participante no revoque su consentimiento y/o se oponga al tratamiento de sus datos personales. En caso de que esto aconteciese, los datos del participante serán bloqueados durante el plazo legal que corresponda para la atención de las posibles responsabilidades legales exigibles, y posteriormente suprimidos.
El participante tiene derecho a revocar el consentimiento prestado, así como a ejercer los siguientes derechos:
- Obtener confirmación acerca de si EURO 6000 está tratando sus datos personales.
- Acceder a sus datos personales.
- Rectificar los datos inexactos o incompletos.
- Solicitar la supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
- Obtener de EURO 6000 la limitación del tratamiento de sus datos.
- Solicitar la portabilidad de sus datos.
Para ello, el participante puede enviar un escrito a EURO 6000, S.L., Calle Alcalá nº27, 28014 Madrid, o bien por medio de un correo electrónico a la dirección proteccion.datos@euro6000.es con la Referencia “Protección de Datos”, adjuntando fotocopia de su documento de identidad, en cualquier momento y de manera gratuita.
Asimismo, podrá reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, si considera que E6K ha vulnerado los derechos que le son reconocidos por la normativa de protección de datos.
En todo caso, el participante podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos E6K tanto para ejercitar sus derechos como para realizar cualquier consulta sobre los tratamientos de sus datos a través de la siguiente dirección proteccion.datos@euro6000.es, o mediante escrito dirigido al domicilio social de EURO 6000 a la atención del “Delegado de Protección de Datos”.
Si desea obtener información adicional en relación al tratamiento de sus datos por parte de EURO 6000 el participante podrá consultar la Política de Privacidad, que contiene toda la información relativa al tratamiento de tus datos.
Al clicar en el botón aceptar, el participante autoriza el tratamiento de sus datos para las finalidades antedichas.
DÉCIMO SEXTA.- ACEPTACIÓN DE BASES. La participación en la promoción supone la aceptación en su totalidad de las presentes bases, que han sido depositadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don José María García Pedraza y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo del Notariado y publicado en http://www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario/abaco/buscador-de-concursos y además estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas en https://www.euro6000.com/ y en https://www.euro6000.com/privilegios-priceless
Igualmente, la Compañía Organizadora podrá, en el caso de detectar una participación fraudulenta, modificar las presentes bases en aquellas disposiciones que fueran pertinentes para lograr el correcto funcionamiento de la promoción.
DÉCIMO SEPTIMA.- DERECHOS DE IMAGEN Los ganadores autorizan a EURO 6000 y a la Entidad Financiera de la cual son clientes, a utilizar su nombre e imagen en el material publicitario que estimen oportuno relacionado con la presente acción sin contraprestación económica alguna.
Igualmente, se podrá dar a conocer dicho resultado a través de la web de EURO 6000 y de las diferentes plataformas sociales como Facebook y Twitter de EURO 6000 y web corporativa EURO 6000 y canales de las Entidades Financieras de las que los premiados sean clientes.